Indica SAT que trabaja para que el trámite se efectúe en línea.
Las empresas tienen la posibilidad de disminuir los pagos provisionales de ISR para el segundo semestre del año, ya sea para todos los meses del semestre o para algunos meses en particular, de acuerdo con lo establecido por el artículo 14 de la LISR, en el inciso b) de su último párrafo que a la letra dice:
Los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos, podrán, a partir del segundo semestre del ejercicio, solicitar autorización para disminuir el monto de los que les correspondan.
El Artículo 14 del Reglamento de la Ley del ISR regula las fechas de presentación e indica que la solicitud ‘…se presentará un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir. Cuando sean varios los pagos provisionales cuya disminución se solicite, dicha solicitud se deberá presentar un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos’.
De acuerdo con la Ficha 29/ISR, la presentación de esta solicitud es a través del Buzón Tributario, pero que hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal ante una ADSC.
Actualmente el Buzón Tributario indica que este trámite debe presentarse de forma presencial, y así lo ha indicado desde años atrás; es decir, la herramienta para presentar en línea este trámite nunca ha sido habilitada.
Dada la particularidad sanitaria y económica que se presenta en 2020, será un mayor número de empresas que se verán en la necesidad de efectuar este trámite, y el problema es que la autoridad no ha tenido la capacidad de atender a tantos contribuyentes de manera presencial dadas las restricciones sanitarias de sana distancia.
Por esta razón, a través del Programa de Síndicos del Contribuyente, en su informe del 4 de junio, se ha solicitado a la autoridad habilitar la realización de este trámite en línea, a lo que la autoridad ha respondido lo siguiente:
Se está trabajando a fin de hacer los ajustes tendientes a incluir un caso SaC para que la solicitud de disminución de pagos provisionales de ISR se realice en línea a través de Mi Portal, incluyendo el modificar la ficha de trámite para que contenga los aspectos solicitados.
Lo anterior significa que la autoridad está trabajando para que este trámite pueda realizarse por Internet.
Fuente: Fiscalia. (2020). Solicitud de disminución de pagos provisionales: Podría ser en línea. Junio 11, 2020, de FISCALIA Sitio web: https://www.fiscalia.com/