El nuevo Sistema Único de Autodeterminación (SUA) versión 3.6.3., liberado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se calculan las cuotas de Cesantía y Vejez de forma distinta a como se pronunció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en relación con las nuevas primas vigentes a partir del 1 de enero de 2023, derivadas de la reforma al Artículo 168 de la Ley del Seguro Social (LSS).
La reforma prevé un cálculo progresivo basado en una tabla de rangos, pero los rangos no están correctamente configurados dejando “brincos” o espacios entre los límite superiores y los límites inferiores del rango siguiente.
Si bien la Corte definió la manera de resolver el problema, en sintonía con la propuesta por Fiscalia con anterioridad, el IMSS liberó el SUA con un criterio distinto.
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El problema en la práctica se da porque los sistemas de nómina fueron ajustados antes del 1 de enero de 2023 aplicando el criterio de la Corte, el único conocido en ese momento, y no es sino hasta el 23 de enero de 2023 que el IMSS presenta la nueva versión del SUA y se detecta que el cálculo se realiza con criterio distinto.
Ambos criterios son opuestos:
- El criterio de la corte es el más favorable al trabajador, que consiste en que los montos que no se ubiquen entre ningún rango, se ubiquen en el rango superior inmediato siguiente (con una prima mayor).
- El criterio del IMSS es menos favorable al trabajador, que consiste en que los montos que no se ubiquen entre ningún rango, se ubiquen en el rango inferior inmediato anterior (con una prima menor).
Este no es el único problema, sino que, al tener cotizaciones del salario mínimo, ubica al salario el primer rango de “1 SMG” con una tasa de 3.150%, cuando, por ese valor (207.44) debería ubicarse en el cuarto rango a una tasa de 3.751%. Esta es otra discrepancia importante con los sistemas de nómina.
Por lo anterior, es de suma urgencia que los patrones hagan pruebas con sus sistemas de nómina y realicen las actualizaciones o ajustes necesarios.
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Cabe aclarar que este cambio no afecta las retenciones realizadas a los trabajadores, puesto que la cuota obrera no se modifica, solamente se impacta la provisión hecha por los patrones y, por supuesto, en el costo que implica volver a ajustar el sistema de nóminas.
También es importante tener presente que el primer pago de estas nuevas cuotas de CV se realizará hasta el mes de marzo, por aquellas correspondientes a los meses de enero y febrero, de esta manera, los patrones pueden planear la manera de llevar a cabo estos cambios en el sistema.
Fuente: Fiscalía/IDC
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