Declaración Informativa de Operaciones Relevantes del Artículo 31-A CFF.
El Artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los contribuyentes deberán presentar la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquél en el que se celebraron.
Al respecto, la Regla Miscelánea 2020 2.8.1.15. establece que para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 ‘Información de Operaciones Relevantes’, y prevé una calendarización trimestral de presentación, como se indica a continuación:
Declaración del mes: |
Fecha límite en que se deberá presentar : |
Enero, febrero y marzo |
Último día del mes de mayo |
Abril, mayo y junio |
Último día del mes de agosto |
Julio, agosto y septiembre |
Último día del mes de noviembre |
Octubre, noviembre y diciembre |
Último día del mes de febrero del año siguiente |
Como puede observarse, el 31 de mayo vence el plazo para presentar la información de los primeros tres meses del año.
Adicionalmente se establece que los contribuyentes distintos de aquellos que componen el sistema financiero quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el periodo de que trate sea inferior a $60,000,000 de pesos.
No se deberá presentar la forma oficial a que se refiere la presente regla, cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en la misma se describen.
La información solicitada en esta declaración está relacionada con el plan de acción sobre la Erosión de la Base y Desplazamiento de Utilidades (EBDU), o bien, BEPS, las siglas en inglés de “Base Erosion and Profit Shifting”, de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), específicamente con la Acción 12 del plan: “Requerir a los contribuyentes revelar sus esquemas agresivos de planeación fiscal”.
Listado de operaciones
Antes de analizar las preguntas, es menester enlistar las operaciones por las que se tiene la obligación de informar:
I. Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la ley del Impuesto sobre la Renta vigente |
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1 |
Pago de cantidades iniciales por operaciones financieras que hayan representado más del 20% del valor del subyacente |
2 |
Operaciones financieras compuestas y/o estructuradas |
3 |
Operaciones financieras con fines de cobertura comercial |
4 |
Operaciones financieras con fines de negociación |
5 |
Operaciones financieras donde el principal, los intereses y accesorios provienen de la segregación de un título de crédito o cualquier instrumento financiero |
6 |
Enajenación por separado del título valor principal relacionado con bonos o cualquier instrumento financiero |
7 |
Enajenación por separado de cupones de intereses relacionados con bonos o cualquier instrumento financiero |
8 |
Terminación de manera anticipada de operaciones financieras |
9 |
Operaciones financieras en las cuales no haya ejercido la opción establecida |
II. Operaciones de precios de transferencia |
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1 |
Realización de ajustes en el ejercicio actual que han modificado en más de un 20% el valor original de un tipo de transacción con partes relacionadas correspondientes a ejercicios anteriores para quedar pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables |
2 |
Realización de ajustes en el ejercicio actual que han modificado en más de $60,000,000 de pesos el valor original de un tipo de transacción con partes relacionadas correspondientes a ejercicios anteriores para quedar pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables |
3 |
Realización de ajustes que han modificado en más de un 20% el valor original de un tipo de transacción con partes relacionadas correspondientes al ejercicio actual para quedar pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables |
4 |
Realización de ajustes que han modificado en más de $60,000,000 de pesos el valor original de un tipo de transacción con partes relacionadas correspondientes al ejercicio actual para quedar pactadas como lo harían con o entre partes independientes en operaciones comparables |
5 |
Determinó gastos por regalías con base en valores residuales de utilidad y/o efectuó pagos de dichos gastos. |
III. Participación en el capital y residencia fiscal |
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1 |
Cambio de socios o accionistas de manera directa |
2 |
Cambio de socios o accionistas de manera indirecta |
3 |
Enajenación de acciones |
4 |
Realizó un cambio de residencia fiscal del extranjero a México |
5 |
Obtención de residencia fiscal en México, además de mantenerla en otro país |
6 |
Obtención de residencia fiscal en otro país, manteniendo su residencia en México |
IV. Reorganización y reestructuras |
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21 |
Reestructura o reorganización por enajenación de acciones |
22 |
Realizó una centralización o descentralización de alguna de las siguientes funciones por parte del grupo económico al que pertenece:
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23 |
Realizó algún cambio en su modelo de negocios a partir del cual realice o dejó de realizar alguna (s) de la (s) siguiente (s) función (es):
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V. |
Otras operaciones relevantes |
1 |
Enajenación de bienes intangibles |
2 |
Enajenación de un bien conservando algún tipo de derecho sobre dicho bien |
3 |
Enajenación de activos financieros |
4 |
Aportación de activos financieros a fideicomisos con el derecho de readquirir dichos activos |
5 |
Enajenación de bienes por fusión o escisión |
6 |
Operaciones con países que tienen un sistema de tributación territorial en las cuales haya aplicado beneficios de tratados para evitar la doble imposición en relación con el impuesto sobre la renta |
7 |
Operaciones de financiamiento en las que se haya pactado que la exigibilidad de los intereses sea después de 1 año |
8 |
Pago de intereses que provengan de operaciones de financiamiento, cuya exigibilidad fue pactada a más de 1 año |
9 |
Registro de intereses devengados en la contabilidad, que provengan de operaciones de financiamiento cuya exigibilidad de dichos intereses fue pactada a más de 1 año |
10 |
Dividió pérdidas fiscales pendientes de disminuir de ejercicios anteriores con motivo de escisión |
11 |
Le transmitieron pérdidas fiscales pendientes de disminuir de ejercicios anteriores divididas con motivo de escisión |
12 |
Disminuyó pérdidas fiscales después de una fusión en términos del artículo 58 de la ley del impuesto sobre la renta vigente |
13 |
Reembolsos de capital o pago de dividendos con recursos provenientes de préstamos recibidos |
Declaración
La declaración se llena y se presenta en línea, directamente en la siguiente dirección, utilizando para el ingreso las credenciales de acceso del contribuyente:
https://www.sat.gob.mx/declaracion/11315/declaracion-informativa-de-operaciones-relevantes
Fuente: Fiscalia. (2020). Próximo vencimiento de la DIOR ¿Qué información se presenta?. Mayo 13, 2020, de FISCALIA Sitio web: https://www.fiscalia.com/