Cerca del vencimiento de la obligación, los contribuyentes están ante una encrucijada.
En las últimas semanas se han hecho públicas una serie de fallas de la aplicación de la Declaración Anual de las personas morales, mismas que impiden que los contribuyentes terminen el llenado de la declaración, o bien, que obstaculizan la correcta determinación del impuesto del ejercicio.
Se han expuesto diversas problemáticas, y a unos días del vencimiento, el 31 de marzo de 2021, se hace evidente la urgente necesidad de una prórroga para la presentación de la declaración anual. No se habla de una prórroga del pago solamente, sino de la propia presentación de la declaración.
A continuación se exponen algunas razones por las que la prórroga se torna necesaria.
Problemática con las pérdidas amortizables
Los contribuyente que en 2019 manifestaron pérdidas fiscales han encontrado una serie de problemas para que los montos de dichas pérdidas sean reconocidas por la aplicación de declaración anual, de manera que los datos no se cargan y tampoco pueden ser alimentados de manera manual.
Aún cuando la autoridad ha dado a conocer algunas alternativas de solución a esta situación, el problema de raíz no se corrige y se siguen encontrando obstáculos para la determinación del impuesto.
Coeficiente de utilidad de las sociedades civiles
Las sociedades civiles que deben considerar el efecto de los anticipos de utilidades a los socios, en el cálculo del coeficiente de utilidad para el ejercicio siguiente, se encuentran también con el problema de que el cálculo con considera el efecto de la pérdida generada en el ejercicio, por lo que el coeficiente se calcula de manera errónea.
PTU pagada en el ejercicio
Existen también casos en los que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio no se disminuye de la utilidad fiscal, provocando una base mayor de impuestos. Este dato no es editable, por lo que el contribuyente no puede alimentarlo de manera manual.
Datos que se borran
Otro de los problemas persistentes, y que a la fecha de esta publicación no se ha solucionado, es que los contribuyentes llenan los formatos de declaración anual, los guardan para posteriormente continuar trabajando en ellos, y al día siguiente los datos capturados por el contribuyente son eliminados.
Eso dificulta y retrasa el llenado de los formatos y, por ende, el cumplimiento de la obligación.
Pagos provisionales
Otro de los problemas persistentes, y que a la fecha de esta publicación no se ha solucionado, es que la sumatoria de pagos provisionales efectuados durante el ejercicio no es la correcta, por lo que el contribuyente se ve imposibilitado para acreditar el impuesto anticipado durante el ejercicio.
Falta de citas para renovación de e.firma
Se requiere de un certificado digital de firma electrónica para la presentación de la declaración anual, y ha sido ampliamente difundido el problema de la falta de citas para realizar este trámite.
En este rubro la autoridad sí ha otorgado una facilidad para renovar en línea estos certificados.
Errores de sistema
Aunque menos generalizado, pero se han reportado diversos casos en que los contribuyentes, al ingresar a la aplicación para presentar la declaración anual de persona moral, se marca un error del sistema, el cual no permite al contribuyente avanzar.
Prórroga
Estos algunos de los problemas que más difusión han tenido, pero existen otros que, si bien pueden ser casuísticos o menos generalizados, no son atribuibles al contribuyente sino a la aplicación de la declaración anual, e imposibilita al contribuyente a cumplir correctamente.
Por esto es que resulta menester el otorgamiento de una prórroga para el cumplimiento de esta obligación. Muchas de estas fallas se presentan desde que la aplicación se liberó; es decir, tienen casi tres meses de no ser corregidas, por lo que sería justo, por lo menos, que se otorgue una prórroga equivalente al tiempo en que estos inconvenientes no han sido atendidos.
Fuente: Fiscalia. (2021). Por qué es necesaria una prórroga para la declaración anual. Marzo 24, 2021, de FISCALIA Sitio web: https://www.fiscalia.com/