El 24 de octubre de 2022 Fiscalia publica el artículo “Falla en DyP imposibilita pago provisional de septiembre de PM” en el que se expone que existe, en la plataforma de pagos provisionales de personas morales conocida como Declaraciones y Pagos (DyP), una falla generalizada que imposibilita la presentación de la declaración del mes de septiembre de 2022.
El 9 de noviembre de 2022 Fiscalia publica el artículo ‘“Ocurrió un error al enviar la información”: Solución al problema en DyP’, en el que se expone una alternativa de solución.
En este mes de febrero de 2023, aunado a las diversas fallas reportadas en los formatos de pagos provisionales, este error de envío se vuelve a presentar, ahora con mayor frecuencia, con la consecuente imposibilidad de cumplir con la obligación fiscal.
Si bien algunos contribuyentes reportan que con el cambio de equipo o de navegador parece solventarse esta situación, otros contribuyentes no logran superar este reto con ninguno de los mecanismos tradicionales.
En el caso de referencia, el sistema permite presentar la declaración de cualquier otro mes, ya sea normal o complementaria, excepto la declaración normal de pago provisional de enero.
Por la importancia y la masificada afectación de esta situación, se publica nuevamente la alternativa de solución.
Problema
La falla consiste en que el contribuyente puede efectuar el llenado de su declaración, pero al momento de enviarla, inmediatamente después de firmarla electrónicamente, aparece el error: “Ocurrió un error al enviar la información”, tal como se muestra en esta imagen:
La problemática fue expuesta a la autoridad, pero no hubo respuesta concreta o ni solución propuesta.
El problema repercute solamente la presentación de la declaración del mes en cuestión y la causación de recargos, sino que el pago provisional de meses subsecuentes se ve afectado al no contener el acumulado del pago de este mes, sin mencionar los efectos secundarios como la emisión de una “opinión negativa” de cumplimiento de obligaciones fiscales.
Causa
Sin contar con mayor información por parte de las autoridades, el problema parece ser que en la base de datos de la autoridad queda un registro de esa declaración “normal”, pero dicho registro está incompleto, de tal forma que no se tiene oficialmente una declaración presentada, pero, como existe un registro incompleto correspondiente a ese mes en particular en la base de datos, el sistema no deja registrar el nuevo envío que se está intentando efectuar, y marca ese error.
Es, entonces, un registro incompleto que no se considera una declaración presentada, pero que ocupa el lugar que debería ocupar la declaración “normal” de ese mes.
Solución
Ahora bien, detectada la posible causa, se podría pensar que la solución es enviar una declaración “complementaria”, cosa que no es posible porque como oficialmente no existe el registro de una declaración “normal”, el sistema no muestra la opción, para ese mes en particular, de presentar una complementaria.
Al mismo tiempo, como ya se ha indicado, no es posible presentar una declaración “normal” porque presenta la falla descrita al momento de enviar.
La única alternativa disponible es seleccionar el tipo de declaración “normal por corrección”, pues es la única otra opción disponible en el sistema además de la declaración “normal”.
Dado que el sistema no tiene registrada una declaración “normal por corrección” enviada por el contribuyente, sí se tienen las condiciones correctas para que la declaración sea recibida y registrada por la autoridad en su base de datos, con la consiguiente generación de la línea de captura que, en su caso, proceda.
Comentarios finales
Esta solución ha sido implementada y probada, y es, a la fecha, la única solución viable para resolver esta situación, puesto que aun cuando se contacte a la autoridad para plantear la problemática de manera directa o se presenten casos de aclaración, es poco probable que los funcionarios encargados del caso entren al detalle del sistema o de la base de datos para revisar, con la minucia requerida, el planteamiento del contribuyente y, generalmente, se limitan a responder que no tienen detectada ninguna intermitencia en el servicio, dejando al contribuyente la carga de ‘adivinar’ cómo resolver el problema y cumplir sus obligaciones para no ser multado y sancionado por la autoridad.
Por tanto, se sugiere que quienes estén experimentando esta situación apliquen esta mecánica de solución y solventen cuanto antes esta complicada situación de estar imposibilitado, por sistema, de cumplir con las obligaciones fiscales.
Fuente: Fiscalía/IDC
El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto Despacho Caballero y Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
1 Comentar
C.P. Edgar marzo 01, 2023
Al parecer hay que presentar 1 declaración por día
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