El 21 de marzo es el natalicio de don Benito Juárez García, que se conmemora el tercer lunes del mes. En 2023, el tercer lunes de marzo es el día 20, por lo que es necesario repasar el tratamiento fiscal, laboral, procesal y financiero de esta festividad para un adecuado manejo de obligaciones empresariales.
Laboral
De acuerdo con el Artículo 74, fracción III de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la conmemoración del Natalicio de Don Benito Juárez se festeja el tercer lunes de marzo, que para el ejercicio 2023 es el día 20. Este día es considerado inhábil, por lo que aquél trabajador que lo labore tendrá derecho a un salario doble, independientemente del salario que le corresponda por el de descanso, según lo establece el Artículo 75 del mismo ordenamiento.
Fiscal
El Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación establece que el tercer lunes de marzo se considera inhábil en virtud de la celebración mencionada anteriormente, por lo que el lunes 20 de marzo se considera día inhábil, así es que no debe ser considerado en el cómputo de plazos fijados en días, como es el caso de plazos para contestación de requerimientos, presentación de avisos, interposición de recursos, por mencionar algunos.
Procesal
Para el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), el Acuerdo SS/4/2023 del Pleno de la Sala Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2023, establece que se considera día inhábil el 20 de marzo y no corren los términos procesales.
Para el Poder Judicial, el Acuerdo 18/2013, de 27 de noviembre de 2013, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), relativo a la determinación de los días inhábiles y los de descanso, indica que el 20 de marzo es inhábil.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) también considera el día 20 como inhábil, según Acuerdo 001/2023 del 13 de enero de 2023.
Financiero
Las Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2023 en que las entidades financieras sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones, publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2022, establece que es día inhábil el 20 de marzo.
Fuente: Fiscalía/IDC
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