Conoce cómo considerar los distintos tipos de ausentismo.
Para determinar la individualización de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU); es decir, para determinar lo que a cada trabajador le corresponde en lo individual, se consideran dos elementos: El salario devengado por el trabajador y los días efectivamente laborados.
El 50% de la PTU a repartir se reparte entre todos los trabajadores considerando la proporción de los días que cada uno efectivamente laboró con respecto al total de los días efectivamente laborados por todos los trabajadores. El otro 50% se reparte considerando la proporción de salario que cada trabajador devengó, con respecto al total de salarios devengados.
Para efectos del conteo de los días laborados también deben considerarse como tales los siguientes:
- Incapacidades por maternidad
- Incapacidades por riesgos de trabajo
- Días festivos, séptimo día (día de descanso), vacaciones y permisos contractuales
- Permisos para desempeñar comisiones sindicales
No serán considerados como días laborados los que a continuación se enlistan:
- Permisos ya sea con o sin goce de sueldo
- Incapacidades por enfermedad general
- Ausencias injustificadas
Fuente: Fiscalia. (2020). Días a considerar en la determinación de la PTU. Mayo 15, 2020, de FISCALIA Sitio web: https://www.fiscalia.com/