De no hacerlo el patrón se expone a que sus trabajadores se contagien a su regreso, lo que repercutirá en su siniestralidad laboral
El cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana, NOM-030-STPS-2009, servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-funciones y actividades ha tomado relevancia actualmente porque en las visitas extraordinarias que está realizando la STPS en los centros de trabajo se está requiriendo.
Hay que recordar que los patrones están obligados a instalar y operar sus centros de trabajo observando las disposiciones establecidas en el Reglamento Federal de Salud en el Trabajo y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo, a efectos de prevenir riesgos de trabajo (art. 132, fracc. XVI, LFT).
La NOM-30 tiene como finalidad establecer las funciones y actividades que deberán realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir riesgos de trabajo en sus centros laborales.
Esas funciones las asume el responsable de seguridad y salud en el trabajo asignado por el patrón de que se trate.
El responsable puede ser externo o interno, y es el encargado, entre otras actividades, de:
o Elaborar un diagnóstico integral o por áreas de trabajo de las condiciones de seguridad y salud de su centro de trabajo, y
o programa de seguridad y salud en el trabajo, o en su caso, de la relación de actividades preventivas y correctivas en la materia, priorizando su atención con base en el riesgo involucrado.
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· Definir los procedimientos, instructivos, guías o registros para el cumplimiento del programa de seguridad o la relación de acciones preventivas y correctivas, y
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· Dar seguimiento del programa de salud o relación de acciones preventivas
En el programa o la relación deben incluirse las acciones de emergencias y contingencias que recomienden o dicten las autoridades competentes, entre las que destacan en este momento, las de prevenir y mitigar el riesgo de contagio en las empresas y romper la cadena de transmisión de este virus.
Considerar esto es vital para los patrones, pues si los trabajadores durante la prestación de sus servicios se contagian, y el Seguro Social califica como de trabajo tal contagio, eso repercutirá en el cálculo de su siniestralidad laboral.
De ahí que al estar tan próximo el regreso escalonado de reanudación de actividades no esenciales, los empresarios deben realizar un diagnóstico sobre las condiciones, los equipos y los recursos que proporcionarán a su personal para tener un ambiente seguro.
Para ello, pueden echar mano de la lista de comprobación preparada por el Seguro Social para contrarrestar la propagación del COVID-19.
Dentro de las recomendaciones institucionales están capacitar al personal para que puedan identificar los síntomas de la enfermedad; sobre medidas de higiene y hábitos de saludables, y sobre el uso adecuado de material y equipo preventivo y vigilar que este aplique la sana distancia.
La lista de aspectos que el patrón debe valorar, según los parámetros sugeridos, está compuesta por los siguientes grupos:
· Medidas de ingeniería, se enfoca en áreas de entrada y salida al centro de trabajo; comunes (comedores, vestidores, casilleros, cafeterías, salas de reuniones, salas de espera o recepción, etcétera); de oficinas o administrativas; en el proceso productivo y sanitarios
· Medidas administrativas, dirigido a todas las áreas de trabajo
· Equipo de protección personal, orientado al conjunto de elementos y dispositivos, diseñados específicamente para proteger al empleado contra accidentes y enfermedades que pudieran ser causados por agentes o factores generados con motivo de sus actividades de trabajo y de la atención de emergencias
· Capacitación, encaminado a los programas de capacitación para el personal directivo o gerencial de las acciones a realizar en la empresa para prevenir y evitar cadenas de contagio por COVID-19, y
· Promoción a la salud, conducido para el protocolo para manejo de subordinados sospechosos, contactos, confirmados y su reincorporación laboral; así como de promoción, prevención, atención y seguimiento de los estados de salud en el personal que pueden generar complicaciones por Coronavirus
Cada tabla de la lista de comprobación se integra por cuatro columnas:
· Primera “punto de comprobación”, señala las medidas que se sugiere deben implementar los centros de trabajo
· Segunda y tercera “nivel de contacto entre trabajadores” y “controles de riesgo”, indican que tan continua es la interacción
· entre la plantilla laboral y si se implementan o no los controles respectivos, y
· Cuarta “riesgo de contagio”, es la multiplicación de las ponderaciones de las columnas segunda y tercera, lo que arroja como resultado el categorizado como desde bajo a muy alto
Con estas categoríasencia o nivel de deficiencia generen un riesgo de contagio muy alto y alto. de riesgo el empleador puede priorizar sobre las acciones que debe implementar de manera inmediata, dando prioridad a aquellas medidas que por su aus
Para calcular el “riesgo de contagio” se utilizará la ecuación siguiente:
Controles de Riesgo x Nivel de Contacto entre Trabajadores = Riesgo de Contagio
Para tal efecto se recomienda consultar los Anexos de valoración sobre exposición de trabajadores a COVID-19.
Fuente: IDC. (2020). Cómo lograr un retorno seguro al trabajo, tras la cuarentena. Mayo 13, 2020, de IDC Online Sitio web: https://idconline.mx/