Reforma laboral en materia de recibo de nómina.
A partir del 2 de mayo de 2019 los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) de nómina podrán sustituir al recibo impreso.
De acuerdo con la adición que sufre el Artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) derivado de la Reforma Laboral publicada el 1 de mayo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, los recibos de pago contenidos en CFDI pueden sustituir a los recibos impresos.
En este sentido, la disposición establece que el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria, en caso de ser validado se estará a lo dispuesto en la fracción I del artículo 836-D de esta Ley; es decir, puede ser utilizado como prueba en caso de algún procedimiento judicial.
No obstante lo anterior, la disposición reformada establece que en todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago.
El efecto de esta reforma es que los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.
Fuente: Fiscalia. (2020). CFDI de nómina puede sustituir al recibo impreso. Mayo 11, 2020, de FISCALIA Sitio web: https://www.fiscalia.com/