Se turna al Ejecutivo para su trámite.
El 8 de septiembre de 2020 se presenta ante el Congreso de la Unión la iniciativa de Reforma Fiscal para el año 2021. Desde entonces, durante el proceso legislativo se han presentado cambios relevantes que vale la pena analizar.
El 4 de noviembre de 2020 se publica en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, con la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación, la cual fue turnada el Ejecutivo para el trámite correspondiente.
En ese orden de ideas, a continuación, se presenta una matriz de los cambios propuestos por el ejecutivo, el cambio realizado y en qué momento del proceso legislativo ocurrió.
Matriz de cambios
Tema |
Cambio |
¿Quiénes hicieron la modificación? |
Ley del Impuesto sobre la Renta |
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Donatarias autorizadas |
Con relación al Artículo 79, se amplía el plazo a 6 meses más (hasta el 1 de julio de 2020), para que las siguientes sociedades o asociaciones civiles obtengan autorización de donataria para continuar tributando en el Título III de las Personas Morales con Fines No Lucrativos: · Las dedicadas a la investigación científica o tecnológica (fracción XI, 79) · Las dedicadas a otorgar becas en términos del artículo 83 (fracción XVII, 79) · Las dedicadas a la realización de actividades de investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, terrestre o acuática (fracción XIX, 79) · Las dedicadas a la reproducción de especies en protección y peligro de extinción y a la conservación de su hábitat (fracción XX, 79) Sin embargo, se mantiene que, si estas personas no han obtenido la autorización de donataria, deberán determinar el remanente distribuible al 31 de diciembre, y sus integrantes deberán acumular el que se les entregue en bienes o en efectivo. |
Cámara de Diputados |
Inscripción al RAEP de asimilados a salarios con ingresos superiores a 75 millones de pesos. |
Se propone adicionar un séptimo párrafo al Artículo 94 con el objetivo de que las personas, cuyos ingresos asimilados a salarios superen los 75 millones de pesos, se inscriban al Régimen de Actividad Empresarial y Profesional. Las personas a las que la ley hace referencia son: · Las que perciban honorarios por realizar prestar sus servicios preponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último (fracción IV, Artículo 94, Ley de ISR). · Las que perciban honorarios de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo. · Las que perciben ingresos por actividades empresariales realizadas a personas morales o personas físicas, cuando comuniquen por escrito a la persona que efectúe el pago que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo. |
Cámara de Diputados |
Régimen de Plataformas Digitales. Cambios en tarifas de retención de impuesto. |
Se abandona el esquema de retenciones con base en una taifa progresiva por actividad con tasas que varían según el nivel de ingreso, y se establece la aplicación de una tasa única por actividad. De esta manera, las tasas de retención, al día de 4 de noviembre de 2020, son las siguientes: · Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, tasa de retención de 2.1% · Prestación de servicios de hospedaje, tasa de retención de 4% · Enajenación de bienes y prestación de servicios, tasa de retención de 1% |
Cámara de Diputados y Cámara de Senadores |
Régimen de Plataformas Digitales. Supuestos de bloqueo temporal al acceso del servicio digital. |
Se adiciona el Artículo 113-D para que, en concordancia con el Artículo 18-H Bis del IVA propuesto en la Iniciativa, a los proveedores del servicio de plataformas digitales, se les bloqueará temporalmente el acceso al servicio digital y se cancelará su inscripción en el RFC cuando durante tres meses consecutivos incumplan las retenciones de ISR o no enteren a la autoridad el impuesto retenido. |
Cámara de Diputados |
Ley del Impuesto al Valor Agregado |
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Sin cambios |
En materia del Impuesto al Valor Agregado, la iniciativa de reforma no sufrió modificaciones. |
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Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios |
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Eliminación de la propuesta del esquema de cuotas complementarias |
En materia de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) la Cámara de Diputados rechazó la propuesta que consistía en un esquema de cuotas complementarias a las aplicables a los combustibles automotrices a las que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), y el procedimiento para su determinación. |
Cámara de Diputados |
Código Fiscal de la Federación |
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Eliminación de la propuesta del uso de herramientas tecnológicas para grabar vídeo y tomas fotografías. |
Se elimina la propuesta del Ejecutivo de los Artículos 45, 69 y 137 del Código Fiscal de la Federación con el objetivo de eliminar el cambio propuesto por el Ejecutivo. De este modo, el SAT no tendría facultades para usar herramientas tecnológicas con el fin grabar o tomar fotografías durante sus diligencias. |
Cámara de Senadores |
Visitas domiciliarias. |
Se establece la facultad de los visitadores para realizar la valoración de los documentos o informes obtenidos de terceros en el desarrollo de la visita, así como de los documentos, libros o registros que presente el contribuyente dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior para desvirtuar los hechos u omisiones mencionados en la última acta parcial. |
Cámara de Diputados |
Acuerdos conclusivos |
Para efectos del plazo previsto para solicitar acuerdo conclusivo se modifica el término de inicialmente propuestos de 15 días para quedar de la siguiente forma: Para efectos de la solicitud de acuerdo conclusivo se establece que podrán solicitarlo en cualquier momento, a partir de que dé inicio el ejercicio de facultades de comprobación y hasta dentro de los 20 días siguientes a aquél en que: Se haya levantado el acta final |
Cámara de Diputados |
Ley de Ingresos de la Federación para 2021 |
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Ingresos para 2021 |
Se prevén mayores ingresos por concepto de aprovechamientos ya que en el dictamen se establecían 119,458.2 millones de pesos y en la minuta se prevén 152,458.2. millones de pesos. |
Cámara de Diputados |
Ley Federal de Derechos |
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Pago de derechos por extranjeros |
El dictamen preveía eliminar la excepción del pago de derechos a visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas cuando ingresen a territorio nacional por vía terrestre y su estancia no exceda de 7 días, en la minuta no se prevé la derogación del inciso a) al artículo 11. |
Cámara de Diputados |
Fuente: Fiscalia. (2020). Aprueban diputados Reforma Fiscal 2021. Noviembre 10, 2020, de FISCALIA Sitio web: https://www.fiscalia.com/