A través de un comunicado a los proveedores autorizados de certificación (PAC), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer algunas recomendaciones para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) 4.0, en lo referente a conceptos exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En ese sentido, el SAT informa la interpretación que el órgano hace respecto de las validaciones de estos datos.
Contexto
Se debe partir de la premisa de que el lineamiento técnico actual para la emisión de CFDI establece que los servicios o productos con un “tipo factor” exento, son considerados objeto de impuesto, por lo que el impuesto debe desglosarse tanto a nivel concepto como a nivel comprobante.
Esto es, el impuesto debe ir desglosado tanto en el nivel de cada uno de los conceptos que se están facturando, así como en los montos que totalizan el comprobante, como se indica a continuación:
Nivel concepto
Cuando se trata de un factor exento, los atributos esperados tanto a nivel conceptos como comprobante son solamente los siguientes atributos, mismos que deben contar con sus respectivos datos:
- Base
- Impuesto
- Tipo factor
Nivel comprobante
De acuerdo con el SAT, a nivel comprobante (en la totalización del comprobante) en el apartado de impuestos ya no debe de incluirse el atributo total impuestos trasladados, indicándose que este no debe existir, en el entendido de la autoridad de que, al tratarse de un factor exento no determina un importe total a reportar en el documento.
¿Necesaria corrección?
Según la información del SAT, se han detectado comprobantes que incluyen el atributo total impuesto trasladado con un valor de “0” (cero); sin embargo, considera que, en caso de que una factura ampare sólo conceptos exentos e incluya el atributo Total Impuestos Trasladados con valor igual a “0” (cero), al ser un documento certificado por el SAT, no es necesario solicitar su cancelación y reexpedición.
Comentarios finales
Será necesario revisar los parámetros de los sistemas de facturación, o bien, su configuración, para determinar si el tratamiento que se plasma en este comunicado se cumple para, en su caso, realizar los ajustes necesarios.
El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto Despacho Caballero y Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
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